Contrato por el cual una entidad bancaria entrega una suma de dinero que ha de ser devuelta junto a los intereses mediante pagos periódicos en un tiempo determinado. La parte deudora recibe el dinero y garantiza su devolución con todos sus bienes presentes y futuros, y, además, con la hipoteca, que es el derecho que se concede al banco de subastar la casa hipotecada si no se ve pagado. Por ello, el deudor puede no solo perder la casa que hipoteca, sino todos sus demás bienes por el impago de la deuda.
Préstamo hipotecario
Si el préstamo está sometido a la Ley de Crédito Inmobiliario, ha de formalizarse, al menos un día antes del préstamo hipotecario, el acta de información precontractual o de transparencia material (ver aquí).
Información/Documentación a aportar:
- Entidad bancaria con la que se va a concertar el préstamo
- Nota registral del inmueble
- Certificado de tasación